CONCURSO

1. INDECOPI DECLARÓ EL INICIO DEL PROCESO CONCURSAL DEL CLUB UNIVERSITARIO DE DEPORTES

27-MAR-2012

El Procedimiento Concursal que se tramita ante INDECOPI, bajo el expediente 172-2011/CCO-INDECOPI-03-08.

Mediante Resolución 2155-2012/CCO-INDECOPI, la Comisión de Procedimientos Concursales del INDECOPI declaró el inicio del Procedimiento Concursal Ordinario del Club Universitario de Deportes, en mérito a la solicitud formulada por la Administradora Privada de Fondos de Pensiones Horizonte.

2. GREMCO CORP SOLICITA RECONOCIMIENTO DE CRÉDITO

27-ABR-2012

Por solicitud de fecha 27 de abril de 2012, complementado por escritos de fecha veinticuatro de mayo, ocho de junio, diez de agosto, quince de agosto, dieciséis de agosto, veinticuatro de agosto, treinta de octubre, cinco de noviembre y doce de noviembre de dos mil doce, presentados dentro del procedimiento concursal que se tramita ante el INDECOPI, en el expediente 172-2011/CCO-INDECOPI-03-08, la empresa Gremco Corp, solicitó a la Comisión de Procedimientos Concursales se le reconozca como acreedor del Club Universitario de Deportes en virtud del Laudo Arbitral de fecha veinticinco de julio de dos mil siete, el mismo que es corregido e integrado por la Resolución 203, del veintidós de agosto de dos mil siete.

3. INDECOPI RECONOCE CRÉDITO DE GREMCO CORP

19-NOV-2012

La Comisión de Procedimientos Concursales del INDECOPI emite la Resolución 7648-2012/CCO-INDECOPI de fecha diecinueve de noviembre de dos mil doce, en la que resolvió:

i) Reconocer los créditos invocados por Gremco Corp S.A.C. ascendentes a US$26,647,797.15 por concepto de capital

US$39,500.00  y S/.7,500.00 por concepto de gastos, a los cuales les corresponde el quinto orden de preferencia.

ii) registrar como contingente los créditos controvertidos entre Gremco Corp y el Club Universitario de Deportes ascendentes a US$ 31,101,570.85

4. RIGHT BUSINESS APELA EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITO DE GREMCO CORP

03-DIC-2012

Con fecha tres de diciembre de dos mil doce, el Club Universitario de Deportes, debidamente representado por su Administrador Temporal Right Business interpuso recurso de apelación contra la Resolución 7648-2012/CCO-INDECOPI.

5. INDECOPI CONFIRMA EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITO DE GREMCO CORP

21-MAY-2013

El Tribunal de Defensa de la Competencia del INDECOPI con fecha veintiuno de mayo de dos mil trece, expide la Resolución 841-2013/SDCINDECOPI, por la cual resuelve confirmar la Resolución 7648-2012/CCOINDECOPI.

6. RIGHT BUSINESS INTERPONE RECURSO DE AMPARO

2013

El crédito invocado por Gremco continúa en situación de contingente al haberse demandado la nulidad de laudo arbitral a través de un proceso de amparo signado con expediente N° 2082-2013-0-1801-JR-CI-03.

El asunto controvertido en la referida acción de amparo, versa sobre la titularidad de la empresa GREMCO como parte procesal, dado que refiere esta no se apersonó al proceso de Laudo Arbitral.

Right Business solo presentó el admisorio de la demanda de acción de amparo, con lo cual no existía ninguna disposición judicial que afectara la suspensión o efectos del laudo arbitral.

Concluyó con la expedición de la Resolución N° VEINTINUEVE, de fecha siete de mayo de dos mil quince, que dispuso APROBAR EL DESISTIMIENTO DE LAS PRETENSIONES expresado en la demanda, así como la Conclusión del proceso formulado por la demandante Club Universitario de Deportes, representado por su administradora Consultoría de Finanzas Corporativas EIRL; en consecuencia Se Declara Concluido el Proceso, archivándose.

7. INDECOPI RECONOCE CRÉDITO CONTINGENTE DE GREMCO CORP

09-SEP-2016

Mediante Resolución No. 4406-2016 CCO-INDECOPI del 09 de septiembre 2016 la Comisión de Procedimientos Concursales INDECOPI reconoce los créditos (contingente) invocados por GREMCO respecto a los intereses por US$31,101,570.

Se reconoció la totalidad de los créditos de GREMCO, incluidos el capital más el IGV más los intereses, descontados los pagos registrados por la publicidad estática.

PLAN DE REESTRUCTURACIÓN 2017

El 23 de febrero 2017 se aprueba el Plan de Reestructuración presentado por el Administrador CONSULTORÍA DE FINANZAS CORPORATIVAS a la Junta de Acreedores que la aprobó por más del 90% de los acreedores reconocidos.

MODIFICACIÓN AL PLAN DE REESTRUCTURACIÓN 2020

8. RESOLUCIÓN DEL 24 JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN 2018

El 21 de diciembre del 2018 la Corte Superior de Justicia emite la resolución No. 48 que sentencia:

Cumpla el Tribunal de INDECOPI con expedir resolución en el plazo de 30 días hábiles, devolviendo los actuados administrativos a la Comisión de Procedimientos Concursales, con la finalidad de que someta a nueva evaluación la solicitud de reconocimiento de créditos concursales formulada por GREMCO CORP SAC tomando en cuenta los criterios expuestos en la presente sentencia.

INFUNDADA la demanda, en el extremo que solicita se deniegue el reconocimiento de créditos solicitados por GREMCO CORP SAC, debiendo ser la administración, quien según los parámetros formulados en la presente resolución, determine la existencia y cuantía de los créditos solicitados.

9. DECISIÓN DE LA SALA SUPERIOR EN 2019 A APELACIONES DE UNIVERSITARIO Y SUNAT

El 5 de diciembre de 2019 la Sala Superior sentencia en su resolución No.81 :

REVOCA la sentencia (Resolución No.48) de fecha 21 de diciembre de 2018, que había resuelto declarar fundada en parte la demanda y reformándola, declara infundada la demanda sobre nulidad de resolución administrativa.

10. HNOS LEGUÍA INTERPONEN RECURSO DE CASACIÓN 2019

El 18 de diciembre del 2019 el Club Universitario de Deportes, representado por los Hermanos Leguía, interpone Recurso de Casación.

11. SUNAT INTERPONE RECURSO DE CASACIÓN 2019

El 26 de diciembre del 2019 SUNAT interpone Recurso de Casación.

12. GREMCO – IMPROCEDENCIA CASACIÓN PRESENTADA POR SUNAT 2022

13. GREMCO – IMPROCEDENCIA CASACIÓN PRESENTADA POR HNOS LEGUÍA 2022

14. 5TA SALA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ADMITE CASACIÓN 2950-2022

15. 5TA SALA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DECLARA INFUNDADA LA CASACIÓN 2950-2022

16. 5TA SALA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DISPONE ARCHIVO DEFINITIVO DE LA CASACIÓN 2950-2022

El 27 de Marzo de 2024 el 24 Juzgado Contencioso Administrativo Subespecialidad Temas de Mercado emite la Resolución No. 92, archivando definitivamente los autos, declarando infundada la demanda que solicitaba denegar el reconocimiento de créditos de GREMCO.

17. FINAL : CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA – PRIMERA SALA CONSTITUCIONAL DECLARA IMPROCEDENTE DEMANDA DE AMPARO DEL CLUB CONTRA SENTENCIA DE CASACIÓN

El 07 de febrero de 2024 el Club Universitario de Deportes interpuso Demanda de Amparo contra el Poder Judicial con el objeto que se declare NULIDAD de la Sentencia de Casación No. 2950-2020-LIMA del 08 de agosto del 2023 en la que se había declarado INFUNDADOS los recursos de casación mediante resolución S/N.

El 19 de noviembre 2024, la 1ra Sala Constitucional resuelve declarar IMPROCEDENTE la demanda de amparo mediante Resolución No.08.

18. RESUMEN FINAL

LA PRIMERA SALA CIVIL COMERCIAL, al haber transcurrido el plazo de Ley sin que UNIVERSITARIO ni la SUNAT interpusieran recurso alguno contra el auto de vista contenida en la resolución N° 5 de fecha 11 de junio de 2025, DISPUSO DECLARARLA CONSENTIDA.

La pretensión de UNIVERSITARIO y la SUNAT era que se DECLARE COMPETENTE al JUZGADO COMERCIAL para actualizar la deuda de Universitario a Gremco, derivada de la construcción del Estadio Monumental y contenida en el laudo arbitral de fecha 25 de julio de 2007, y postlaudo de fecha 22 de agosto de 2007.

LA PRIMERA SALA CIVIL COMERCIAL, para declarar INCOMPETENTE AL JUZGADO COMERCIAL respecto a la actualización de la deuda de Universitario a Gremco fijada en el Laudo Arbitral, se amparó en la Casación N°5920-2020-LIMA emitida por Corte Suprema que claramente determinó que la actualización de dicha deuda solo puede ser realizada por la autoridad concursal, es decir, el INDECOPI.

LA COMISION DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES DEL INDECOPI, mediante la Resolución N.° 4406-2016/CCO-Indecopi de fecha 9 de septiembre de 2016, ya actualizó la deuda de Universitario con Gremco, conforme al laudo arbitral, por el período comprendido entre el 9 de octubre de 2000 y el 9 de abril de 2012, fecha en que se inició el proceso concursal de Universitario.

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